BOLETÍN ELECTRÓNICO - Año 12 - Número 440 - LUNES 14 de Mayo de 2018

ELECCIONES UNCUYO 2018:

DESCUENTOS, EXPLICACIONES Y DEROGACIÓN

Los consejeros superiores por los docentes Carmelo Cortese  y Cristina Romagnoli comparten con nuestr@s compañer@s el devenir de este tema: 

 

“El 19 de abril  el Rector promulgó la Ordenanza 1310/18 /R por medio de la cual se autorizaba a la Dirección General de Tesorería a realizar  el descuento por bono de sueldo, bajo el ítems 74, de un aporte voluntario que se depositaría en una cuenta bancaria, de la cual se bridaba el número, sin mediar más explicaciones.  Posteriormente, surgió la información de que estaba  destinado al financiamiento de la campaña de Interclaustros, lista a la que pertenece el Rector y que lo llevó a ocupar ese cargo  actualmente.  La información a la que accedimos la mayoría de nosotros fue a través de las redes sociales y los medios de comunicación masivos.  

 

Dado el tratamiento mediático del tema, el sr Rector decidió dar marcha atrás con su decisión y elaboró una nueva normativa, la Res 1484/18/R,  en la cual resuelve derogar la resolución 1310 y la consecuente devolución de los aportes realizados voluntariamente. Pero, los considerandos de dicha normativa descargan en terceros los “malos entendidos”, “confusión e “intencionalidad política”,  sin reconocer el error.  

 

Frente a esta situación, los consejeros superiores por los docentes  Carmelo Cortese  y Cristina Romagnoli realizamos una nota pidiendo el tratamiento sobre tablas de las normativas y fijando posicionamiento  ya que: 

 

1- no es el Rector quien debe legislar sobre esos temas sino que es atribución del CS;

2- no se debe usar el sistema administrativo/normativo, ni los recursos humanos y materiales públicos (personal y sistema normativo, bancario, salarial e informático) de una institución pública para usos privados de campaña electoral de una lista (de la cual se forma parte); 

3- nunca la corrupción ajena puede justificar o atenuar la propia

4- intenta descalificar cualquier crítica apelando a un maniqueo y perverso estilo político, por desgracia predominante en nuestro país, comúnmente denominado “la grieta”. Esta modalidad pretende empujarnos a uno de sus lados a quienes mantenemos posiciones autónomas y fundamentadas. En una democracia no se puede demonizar a un sector simplemente porque es “el otro”, y mucho menos impedir que existan no dos, sino varios puntos de vista y posiciones sobre cualquier tema. 

 

El señor rector, en la Sesión del Consejo Superior del 9 de mayo, comenzó informando sobre la referida norma y su derogación, pidiendo perdón por si hubiera dañado la sensibilidad de alguno. La presentación del tema la realizó en un plano subjetivo y poniendo el problema en épocas anteriores, sin reconocer el error cometido. Ante ello, los Consejeros Romagnoli y Cortese  expusimos y obtuvimos el tratamiento sobre tablas de ambas resoluciones.  Se produjo un arduo debate y finalmente el Cuerpo coincidió  en la derogación de la Resolución Nº 1310, pero sin acordar con los considerandos explicitados en la Resolución Nº 1484. Se expresó de manera UNANIME que, independientemente de la voluntad del Rectorado, la mencionada Resolución Nº  1310 incurrió en errores y fallas técnicas y administrativas, resultando incorrecta en términos político-electorales. 

 

Por ello el Consejo Superior resolvió:

 

a) Ratificar la parte resolutiva de la Resolución Nº 1484/2018-R , la cual establece en su primer artículo “Derogar la Resolución Nº 1310/2018-R., en todas sus partes, con efectos retroactivos desde la fecha de su entrada en vigencia”; y en su segundo artículo: “Dejar sin efecto el Código de Aporte Voluntario Nº 74 y proceder, en forma inmediata, por intermedio de la Dirección General de Liquidación de Haberes de la Universidad Nacional de Cuyo, a realizar los reintegros correspondientes a los aportes efectuados en forma voluntaria, por el personal de la Universidad Nacional de Cuyo, bajo dicho código”. 

b) Encomendar a la Comisión de Interpretación y Reglamentos del Consejo Superior la elaboración y debate de una normativa de aplicación general que regule el financiamiento destinado a las campañas electorales en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo.

 

Creemos necesario finalizar remarcando dos cuestiones: 

 

✔ Hay que revisar todas las prácticas “naturalizadas” porque tras ellas  pueden  esconderse  los peores vicios.

✔ Los razonamientos binarios empobrecen nuestra democracia, la cual debe permitir las múltiples expresiones, sobre todo las divergentes con el propio pensamiento."

 

Aclaramos que, desde FADIUNC, apenas se supo de la situación, se elevó nota pidiendo las explicaciones del caso, que fueron saldadas en la sesión antedicha. 

 

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