Son atribuciones del/la Secretario/a de Prensa:
a) ocuparse de la difusión interna y externa de todas las actividades de la Entidad;
b) dirigir el órgano de difusión periódico.
Son atribuciones del/la Pro-Secretario/a de Prensa:
a) colaborar con el Secretario de Prensa en sus funciones específicas y reemplazarlo durante su ausencia.
ARTÍCULOS 41° Y 42° - ESTATUTO FADIUNC
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TERESA HIRAMATSU (SECRETARIA DE PRENSA)