Son atribuciones del/la Secretario/a de Finanzas:
a) ocuparse de todo lo relacionado con el cobro de cuotas sociales;
b) llevar los libros de contabilidad;
c) presentar a la Mesa Ejecutiva y al Cuerpo de Delegados informes contables mensuales y preparar anualmente el Balance General, cuentas de gastos y recursos e inventario;
d) firmar cheques y demás documentación de Tesorería;
e) efectuar los movimientos de fondos de la Asociación;
f) dar cuenta del estado económico y financiero de la Entidad, toda vez que lo exija la Mesa Ejecutiva, el Cuerpo de Delegados o la Comisión Revisora de Cuentas.
Son atribuciones del/la Pro-Secretario/a de Finanzas:
a) colaborar con el Secretario de Finanzas en sus funciones específicas y reemplazarlo durante su ausencia.
ARTÍCULO 39° Y 40° - ESTATUTO FADIUNC
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RICARDO YAGÜE (SECRETARIO DE FINANZAS)
MIGUEL ENCINA (PRO SECRETARIO DE FINANZAS)